Así lo mandata la nueva ley que entrará en vigor el 16 de septiembre próximo
FUENTE: Cámara de diputados
Junto con la unción de Delfina Gómez Álvarez entrará en vigor la reciente aprobada Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México que regirá las bases para el gobierno que encabezará la nueva mandataria, de acuerdo a lo que establece el decreto publicado en la Gaceta de Gobierno.
Plantea una administración pública austera y republicana, eficiente y eficaz, que se conduzca por el principio de igualdad de género, para enfrentar los retos y que responda a las necesidades y exigencias que impone la realidad.
El nuevo ordenamiento, aprobado por unanimidad de los grupos parlamentarios del Congreso mexiquense el pasado 31 de agosto, establece las bases para la organización y el funcionamiento de la administración pública estatal, centralizada y paraestatal, la cual estará integrada por 18 dependencias con rango de secretarías, así como organismos auxiliares, entre descentralizados, empresas de participación estatal y fideicomisos públicos asimilados.
Señala, la nueva ley, que la titular del Ejecutivo estatal contará con el apoyo de la Jefatura de Gabinete y proyectos especiales, la Secretaría Particular, la Coordinación Técnica y la Vocería de la Gubernatura, que le auxiliarán con las funciones de apoyo técnico, asesoría, evaluación y coordinación en el cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales.
Además, el Ejecutivo estatal contará con 18 dependencias con rango se secretarías, esto es, Secretaría General de Gobierno; Seguridad; Finanzas; Salud; del Trabajo; Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación; de Bienestar; Desarrollo Urbano e Infraestructura; del Campo; Desarrollo Económico; Cultura y Turismo; de la Contraloría; del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible; del Agua; de las Mujeres; Movilidad; la Consejería Jurídica y la Oficialía Mayor.
Los transitorios indican que, a partir de la entrada en vigor del nuevo ordenamiento, que abrogará la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México publicada en 1981, la Legislatura contará con un plazo de 180 días naturales para su armonización jurídica, en tanto que la persona titular del Ejecutivo deberá expedir la reglamentación de las dependencias en un plazo de 90 días naturales.
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