Por José Vilchis Guerrero
El Senado de la República aprobó con cambios el proyecto de decreto que envió la Cámara de Diputados para expedir la nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, a fin de modernizar el ordenamiento vigente en la materia y adecuarlo a los flujos del comercio internacional actuales.
La propuesta -que se avaló en lo general con 64 votos a favor, 48 en contra y 3 abstenciones-incorpora un esquema que faculta a la Secretaría de Economía para publicar los números estadísticos de las fracciones arancelarias que permitan una identificación más precisa de las mercancías para fines estadísticos.
Armoniza los números para la clasificación e identificación de mercancías con mayor detalle, de acuerdo con la codificación que les corresponde en el comercio internacional, en beneficio de las personas y a la propia autoridad aduanera, al facilitar el seguimiento y el cumplimiento de la Ley.
En el dictamen, las y los senadores consideraron necesario ajustar la redacción de la fracción arancelaria 8543.40.01, para establecer la prohibición de importación y exportación de los cigarrillos electrónicos y dispositivos personales de vaporización eléctricos y electrónicos similares.
Incluye aquellos dispositivos novedosos y emergentes que utilicen tabaco calentado, los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares Sin Nicotina y Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina similares.
En las consideraciones, los legisladores destacaron que “esta modificación guarda congruencia con el contenido de otros capítulos y sus fracciones arancelarias en esta Ley, para atender los efectos nocivos que estos productos, conocidos como vapeadores, tienen en la población.
Desde la tribuna, el presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Alejandro Armenta Mier, explicó que uno de los principales objetivos de esta minuta con proyecto de decreto, es instrumentar la “Séptima Recomendación de Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”.
El legislador explicó que se actualiza y moderniza este ordenamiento, y se adecúa en el marco del comercio internacional, principalmente con los socios comerciales de Estados Unidos y Canadá.
Apuntó que, en este momento, el desfase de México por la Ley, representa para los participantes del comercio exterior mexicano, una complejidad innecesaria que se traduce en mayores costos de operación y riesgo, por una clasificación arancelaria incorrecta, lo que puede llegar a implicar la imposición de sanciones innecesarias y en ocasiones excesivas.
Aclaró que las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda, realizaron dos modificaciones a la minuta: “una, con la finalidad de proteger la salud de las personas y dar continuidad a la política del Ejecutivo Federal para evitar la exposición de sustancias tóxicas, que pueden producir daño a la salud”, por el consumo de tabaco, nicotina y productos emergentes.