La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), emitió la resolución relativa al cómputo final del proceso de revocación de mandato del presidente de la república, al declarar concluido el proceso y carente de efectos jurídicos, en virtud de que solo se obtuvo una participación del 17.77% de los electores inscritos en la lista nominal de electores, porcentaje menor al 40% que exige la Constitución para que el proceso sea válido.
En la sentencia, el TEPJF determinó “que no se cumplen los requisitos constitucionales y legales para considerar válido el proceso de revocación de mandato del presidente de la República, electo para el periodo constitucional 2018-2024, y emitir la declaratoria correspondiente, ya que no se alcanzó el porcentaje de participación de, por lo menos, el 40% (cuarenta por ciento) de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, que se requiere en el artículo 35, fracción IX, apartado 4.º, de la Constitución general”.
De acuerdo con la revisión que hizo el Tribunal Electoral, “el porcentaje de participación obtenido en el proceso de revocación de mandato, conforme al cómputo total realizado por esta Sala Superior en el Apartado 4.3, fue de 17.77% (diecisiete punto setenta y siete) del listado nominal. Por lo tanto, es evidente que no se alcanzó el umbral requerido del cuarenta por ciento (40%) de la participación de la ciudadanía inscrita en la lista nominal de electores”.
Cómputo final
El resultado del cómputo final del proceso de revocación de mandato fue el siguiente:
- Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza 1,063,209 (Un millón sesenta y tres mil doscientos nueve) 6.44%
- Que siga en la Presidencia de la República 15,159,323 (Quince millones ciento cincuenta y nueve mil trescientos veintitrés) 91.86%
- Nulos 280,104 (Doscientos ochenta mil ciento cuatro) 1.70%
- TOTAL 16,502,636 (Dieciséis millones quinientos dos mil seiscientos treinta y seis) 100.00%
Como conclusión, señala el TEPJF, “se da por concluido el proceso de revocación de mandato del presidente de los Estados Unidos Mexicanos electo para el periodo constitucional 2018-2024, y se declara improcedente la emisión de la declaratoria de validez al no cumplirse con los requisitos constitucionales y legales para ello”.