Breves
Con tres votos, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinaron contrario a la Constitución castigar penalmente a quien posea más de 5 gramos para consumo recreativo de marihuana y establecieron que solo se podrá penalizar si se acredita que no es para consumo personal.
Así, los 5 gramos permitidos como límite quedaron como inconstitucional, en un dictamen que no es obligatorio, pero qué puede ser retomado para futuros amparos o procesos penales.