Al concluir el análisis de las impugnaciones presentadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos a la Ley de la Guardia Nacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció la validez de las sanciones a los elementos de esta corporación que pierdan sus armas y también invalidó el requisito de no haber sido condenado por sentencia previa, para ingresar a esta corporación policial.
Durante la sesión del pleno, seis de sus integrantes votaron en contra de la propuesta de invalidar una fracción del artículo 82, donde se establece una pena de entre 2 a 6 años de prisión a quien extravía, entregue a un tercero o pierda la custodia de su arma de cargo.
La CNDH alegaba en sus argumentos que la Ley de la GN establecía su propia definición de “extravió” al señalar que incurriría en esta conducta el guardia que no entregara al depósito su arma, lo que a juicio de la comisión era sobre inclusivo y se podría prestar a abusos.
Sin embargo, seis de los once ministros votaron a favor de avalar este artículo, ya que consideraron que era relevante tomar todas las medidas necesarias para evitar el robo y extravío de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, como son las que usa la GN.
“Entonces, a mi juicio es claro que el propósito del legislador fue el de sancionar la no devolución a los almacenes destinados para tal efecto, por cualquier motivo, culposo o doloso, de las armas de cargo cuando se concluye el servicio, ante el riesgo a la seguridad pública de que un artefacto bélico quede al alcance de personas no autorizadas para usarlo”, señaló la ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández.
“De la lectura de la Ley de la Guardia Nacional yo desprendo la acuciosidad con la que se reguló lo relativo a las armas destinadas al servicio, ante el peligro de que éstas, que regularmente es artillería potente y de uso exclusivo, puedan ser distraídas de ese objetivo y utilizadas por personas ajenas a la institución policial con otros fines que no sean la seguridad pública.”
El ministro Luis María Aguilar Morales sumo su voto a favor de avalar el artículo impugnado bajo el argumento de que “esto es un asunto muy importante para el país, el manejo y la distribución o la circulación de armas, especialmente de armas de un calibre muy importante como el que se manejan en organismos como la Guardia Nacional, y qué ha sido desde luego de todos lo sabemos una problemática muy importante para nuestro país, y que abona en muchos casos a la delincuencia que nos hace tanto daño”.
Los ministros de la mayoría señalaron que era preciso garantizar que el armamento de la GN no cayera en manos de la delincuencia organizada.
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