La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquina para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos y estableció que dicha legislación es de orden público, de interés general y de observancia en todo el territorio nacional.
Asimismo, indicó que a través de la coordinación interinstitucional buscará prevenir, detectar y evitar el desvío o uso de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos, para la producción de drogas sintéticas. También, define, el concepto de droga sintética como cualquier sustancia de origen sintético con efectos psicoactivos disponible en el mercado de drogas ilícitas y utilizada con fines no médicos.
También, avaló tipificar el delito de desvío o importación ilegal de precursores químicos utilizados para producir drogas sintéticas, como fentanilo y metanfetaminas. Con ello, se establecen penas que van hasta 15 años de prisión por falsificar autorizaciones o permisos de importación de dichas sustancias, que serán hasta de 10 años más cuando los responsables sean funcionarios públicos.
A la persona que tenga en posesión precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas para elaborar cápsulas, tabletas, o comprimidos en territorio nacional, que no cuente con las autorizaciones o permisos, se le impondrá pena de 7 a 10 años de prisión y multa de mil a 5 mil el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA)
Igualmente, se castigará con cárcel de 5 a 10 años, y multa de 5 mil a 10 mil meses el valor diario de la UMA, a las empresas y personas sociales que sean utilizadas como instrumentos para desviar precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos, en el territorio nacional.
La llamada Ley Fenatanillo parte de una iniciativa presentada por el Ejecutivo federal, fue avalada en su discusión en lo general con 319 votos a favor y 126 en contra del PAN y Movimiento Ciudadano, que argumentaron que la propuesta le quita facultades al Consejo de Salubridad General y generará un incremento en los costos de producción de medicamentos.
En el dictamen avalado por mayoría de Morena, PRI, PRD PT y PVEM se definió que las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena), de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Guardia Nacional, coadyuvarán para prevenir, detectar y evitar el desvío de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos, para la producción de drogas sintéticas.
Quien haga uso indebido o sustraiga información del sistema sin la autorización correspondiente recibirá penas hasta de siete años de prisión, que se incrementará en dos terceras partes si se trata de un servidor público.
A quienes posean precursores químicos o máquinas para elaborar medicamentos sin contar con autorización se les impondrán penas de siete a 10 años de prisión.
También, prohíbe la importación o exportación de estas sustancias por vía postal, mensajería o paquetería. Se definen penas hasta de ocho años de cárcel por incurrir en esa práctica.
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