Carlos Morales Rojas
Es licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca. Cursó la Maestría en Derecho Procesal Penal y el Diplomado en Perspectiva de Género Aplicada al Proceso Penal en México, en el Instituto de Estudios Superiores en Derecho Penal (INDEPAC) Querétaro.
Actualmente funge como Presidente fundador de CIVITAS México, una Organización de la Sociedad Civil en defensa de los derechos humanos.
Anteriormente, desempeñó el Cargo de Director de Políticas Públicas dirigidas a Niñas, Niños y Adolescentes, así como a Grupos en Situación de Vulnerabilidad, en la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia Contra las Mujeres, Grupos en Situación de Vulnerabilidad y Trata de Personas (FEVIMTRA) de la Fiscalía General de la República (FGR) y enlace de la Coordinación Nacional del Programa Alerta AMBER México.
Ha ocupado diversos cargos en la administración pública federal y estatal, en el ámbito de la seguridad pública y la procuración de justicia. Su experiencia incluye su labor en la extinta Policía Federal, en la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, en la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca y en el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, con una trayectoria de más de 22 años de servicio.Desde la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, México prometió —al menos en el papel— un nuevo paradigma: el reconocimiento pleno de los derechos humanos, incluida la protección de las víctimas. Previamente, en 2008, se incorporó el apartado C del artículo 20 constitucional, dedicado expresamente a sus derechos. No obstante, a catorce años de distancia, la realidad demuestra que esa promesa ha sido sistemáticamente ignorada, incumplida. En la práctica, lo que prevalece es una profunda simulación de justicia para quienes más padecen los estragos del delito.
La reciente tesis aislada 1a. XXVI/2025 (11a.) de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada el 4 de julio de 2025, consolida este abandono institucional. En ella se concluye que el derecho a la asesoría jurídica de las víctimas no es equiparable al derecho a una defensa adecuada de los imputados. El argumento central es que el Ministerio Público puede representar a la víctima en ausencia del asesor jurídico. Esta premisa, aunque válida en lo formal, invisibiliza el fracaso estructural del Estado para garantizar a las víctimas una representación profesional, técnica, diligente y con enfoque de derechos humanos.
¿En qué momento decidimos que las víctimas no merecen la misma calidad de representación que quienes son acusados de un delito? ¿Acaso el dolor, la pérdida, la afectación psicosocial y el vacío institucional que enfrentan no son razones suficientes para exigir que se les garantice una defensa reforzada de sus derechos?
La Suprema Corte justificó su decisión con base en una doctrina jurídica tradicional que sigue subordinando los derechos de las víctimas al papel del Ministerio Público, como si esta institución tuviera —en los hechos— la capacidad y la voluntad de representar con rigor los intereses de quienes sufren el delito. En el caso concreto, la asesoría jurídica fue visiblemente deficiente: desistimientos injustificados de pruebas, recursos interpuestos de forma extemporánea, amparos mal presentados. Sin embargo, en lugar de establecer un estándar protector que garantice el acceso efectivo a la justicia, el máximo tribunal decidió rebajar la exigencia.
No puede haber una justicia verdaderamente igualitaria cuando se normaliza que las víctimas sean representadas por asesores jurídicos inexpertos, improvisados o incluso recién egresados de las facultades de derecho. Mientras tanto, los imputados cuentan con defensores públicos o privados altamente especializados y con recursos. Esa asimetría no solo es evidente: es cruel.
Lo más grave es que esta realidad no es un caso aislado. Todos los días, en las audiencias penales, los jueces omiten verificar la idoneidad de quienes se presentan como asesores jurídicos de las víctimas, admiten actuaciones pobres y toleran omisiones que nunca permitirían del lado de la defensa. Así, se termina revictimizando a quienes ya han sufrido, dejándolos —muchas veces— sin una voz eficaz en el proceso y sin posibilidad real de acceder a la reparación del daño.
La reforma de 2011 no puede seguir siendo letra muerta. El Estado mexicano debe asumir, con diligencia reforzada, su responsabilidad de garantizar asesoría jurídica técnica y especializada desde el primer momento, no solo como un formalismo, sino como una herramienta viva y efectiva de justicia.
Esperamos que los nuevos jueces, magistrados federales y ministros de la “nueva” Suprema Corte de Justicia de la Nación —conformada por perfiles que han hablado de justicia social, de enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva— corrijan esta perspectiva equivocada y se pongan del lado correcto de la historia: el de las víctimas. Que no se repita más que la mala asesoría se tolere como “suficiente”, mientras quienes han perdido a un ser querido o han sido vulneradas en su dignidad siguen enfrentando el sistema en soledad, con miedo y sin defensa real.
Es hora de dejar de simular. El acceso a la justicia para las víctimas no puede depender de la buena voluntad del Ministerio Público, ni ser suplido con discursos institucionales. Debe garantizarse con políticas públicas, presupuesto, capacitación especializada y un modelo normativo que coloque a las víctimas en el centro del proceso penal, no en sus márgenes.
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