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Leyendo: Doctrina Barr contra Noriega sirvió para capturar de Maduro
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NacionalOpinión

Doctrina Barr contra Noriega sirvió para capturar de Maduro

Redacción
Por Redacción Publicado enero 19, 2026 11 Min de lectura
William Barr. (Foto: EFE)
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 Dr. Arturo Jiménez-Bacardi/ I de V partes*

Los memorandos legales de 1989 decían que el presidente tenía “autoridad constitucional inherente” para actuar unilateralmente y “contravenir el derecho internacional consuetudinario”.

La CIA advirtió que Noriega podría presentar “nuevas pruebas creíbles… que
incriminarían a funcionarios del gobierno estadounidense en el caso Irán-Contra”.

ARCHIVO DE SEGURIDAD NACIONAL

Washington, D.C., 16 de enero de 2026 – El funcionario del Departamento de Justicia que redactó el dictamen legal que determinó que el presidente Donald Trump tenía la autoridad constitucional para ordenar unilateralmente la entrega extraordinaria del presidente venezolano Nicolás Maduro se basó en gran medida en una arquitectura legal secreta, creada hace 36 años por William P. Barr, para justificar la invasión estadounidense de Panamá, según documentos desclasificados y descubiertos por el Archivo de Seguridad Nacional. Estos incluyen memorandos secretos de la Casa Blanca, informes de inteligencia altamente clasificados y opiniones legales sensibles, recientemente descubiertos entre los documentos presidenciales de George H.W. Bush y que se publican hoy por primera vez.

En 1989, Barr, quien entonces era fiscal general Adjunto de la Oficina de Asesoría Jurídica (OLC), redactó al menos cinco opiniones legales —al menos dos de las cuales permanecen clasificadas— relacionadas con los esfuerzos de Estados Unidos para derrocar al dictador panameño Manuel Noriega. La principal de ellas fue la conclusión de que el presidente tenía la «autoridad constitucional inherente» para arrestar a personas en el extranjero «incluso si dichas acciones contravienen el derecho internacional consuetudinario» e «incluso si contravienen tratados no ejecutados o disposiciones de tratados, como el Artículo 2(4) de la Carta de las Naciones Unidas», que prohíbe las amenazas y el uso de la fuerza entre los Estados miembros, excepto en defensa propia. Barr se desempeñó posteriormente como fiscal general de Estados Unidos durante el primer mandato de Trump y autorizó la acusación original de Maduro en Estados Unidos en 2020.

El 23 de diciembre de 2025, el fiscal general Adjunto T. Elliot Gaiser citó dos de esas opiniones de Barr (Documentos 11 y 15 infra) para determinar que el presidente puede utilizar las fuerzas armadas con fines policiales sin tener en cuenta el derecho internacional y sin autorización del Congreso. Si bien la opinión de Gaiser está ampliamente censurada, el contexto sugiere que también se basó en una tercera opinión, aún clasificada, también escrita por Barr en 1989 (cuyas conclusiones se describieron en un artículo de 1996 publicado en la revista interna de la CIA, Studies in Intelligence ), para determinar que el asesinato involuntario de un jefe de estado durante una operación de entrega extraordinaria no conlleva un riesgo legal significativo. 

El Dr. Arturo Jiménez-Bacardi, investigador del Archivo de Seguridad Nacional, analiza en detalle el proceso de toma de decisiones de Estados Unidos en el período previo a la invasión estadounidense de Panamá en 1989, centrándose en las cruciales opiniones legales de Barr de ese año, argumentando que deben entenderse como la «Doctrina Barr». Las opiniones de Barr, que justificaron la destitución de Noriega, establecieron un marco legal integral y secreto que afirmaba la «autoridad constitucional inherente» del presidente para dirigir la política exterior unilateralmente, incluso mediante la fuerza militar, acciones encubiertas y operaciones policiales.

La detención de Manuel Noriega. (Foto: Archivo)

Según Jiménez-Bacardi, la Doctrina Barr “desmanteló las restricciones legales” del Poder Ejecutivo al determinar que el Presidente “no estaba obligado por el derecho internacional consuetudinario, podía violar el principio de no intervención, podía desplegar fuerzas militares para hacer cumplir la ley en el extranjero, tenía el derecho constitucional de actuar en secreto a nivel internacional y no estaba obligado constitucionalmente a proporcionar notificación previa al Congreso sobre acciones encubiertas”.

Otros puntos destacados desclasificados de la publicación incluyen:

  • Una evaluación de inteligencia de la CIA de marzo de 1988 advertía que Noriega podría reaccionar a las sanciones estadounidenses proporcionando “nuevas pruebas creíbles a los medios estadounidenses o al fiscal especial Walsh que incriminarían a funcionarios del gobierno estadounidense en el caso Irán-Contra” 
  • Las adendas a un documento de política sobre Panamá, aún clasificado, de marzo de 1989, que proponía una operación de captura para deshacerse de Noriega y concluía que, si bien seguramente provocaría críticas en Latinoamérica y a nivel internacional, era probable que cualquier protesta se calmara rápidamente si la operación tenía éxito. 
  • Las actas de una reunión del Consejo de Seguridad Nacional celebrada seis meses antes de la invasión, en la que un frustrado presidente Bush aprobó medidas de escalada para provocar a Noriega: “La única opción que él [Bush] podía ver era más acciones estadounidenses y esperar que hubiera alguna otra cosa sucediendo para sacar a este hombre”.
  • Una opinión de la OLC de junio, en la que Barr argumentó que el presidente tiene la autoridad constitucional para «desplegar al FBI para investigar y arrestar a personas por violar las leyes de Estados Unidos, incluso si dichas acciones contravienen el derecho internacional consuetudinario» o la Carta de las Naciones Unidas.
     
  • Un ensayo completo, sin editar, publicado en Estudios de Inteligencia por el abogado de la CIA Jonathan Fredman, arroja luz sobre una opinión de la OLC de 1989, aún clasificada, en la que Barr argumentaba que la prohibición de asesinatos no impedía que el personal del gobierno estadounidense apoyara un golpe de Estado contra un gobierno extranjero represivo, incluso si la muerte del jefe de Estado fuera probable. 

* * *

La prerrogativa imperial: Panamá, la “Doctrina Barr” y la usurpación presidencial de la autoridad legislativa e internacional

Por Dr. Arturo Jiménez-Bacardi

El 3 de enero de este año, Estados Unidos ejecutó una operación de captura contra el presidente venezolano Nicolás Maduro, derrocándolo. Dos días después, Maduro compareció ante un tribunal federal de Manhattan acusado de narcotráfico.  Estos sucesos guardan una sorprendente similitud con la invasión estadounidense de Panamá, que comenzó el 20 de diciembre de 1989 y culminó con la rendición del dictador panameño, Manuel Noriega, a las fuerzas estadounidenses el 3 de enero de 1990, exactamente 36 años antes de la captura de Maduro.  Noriega pasaría las siguientes dos décadas en una prisión federal por su participación en el narcotráfico. 

Los paralelismos entre estos dos episodios van más allá de su cronología y sus propósitos declarados. Ambas operaciones provocaron intensas críticas por violar el derecho estadounidense e internacional. El 22 de diciembre de 1989, la Organización de los Estados Americanos (OEA) votó 20 a 1 (con el único voto en contra de Estados Unidos) para condenar el uso unilateral de la fuerza contra Panamá por considerarlo una violación del principio de no intervención consagrado en la Carta de la OEA.  La semana siguiente, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución por 75 votos a 20 que decía que la institución «deplora enérgicamente la intervención en Panamá por parte de las fuerzas armadas de los Estados Unidos de América» y que la calificaba de «flagrante violación del derecho internacional».  Hoy en día, la intervención contra Venezuela enfrenta críticas similares.  

A pesar de la retórica pública que enfatizaba la democracia y la lucha contra el narcotráfico, la caída de Noriega se debió a dos errores críticos. Primero, su corrupción generalizada erosionó la lealtad incondicional que Washington buscaba. Como reflexionó Colin Powell en sus memorias: «No se podía comprar a Manuel Noriega, pero se podía alquilar».  Esta lealtad transaccional resultó fatal para el control del poder de Noriega. Segundo, Noriega se convirtió en una carga política para George H. W. Bush durante su campaña presidencial y sus primeros meses en el cargo.

Con una diana en la espalda, el destino de Noriega se vio envuelto en las ambiciones de Bush y los esfuerzos de los abogados del poder ejecutivo —liderados por el fiscal general Adjunto y director de la Oficina de Asesoría Legal (OLC) del Departamento de Justicia, William P. Barr— por reafirmar lo que el historiador Arthur M. Schlesinger Jr. denominó célebremente «La Presidencia Imperial», o la usurpación inconstitucional del poder ejecutivo a expensas del Congreso y los tribunales.  Bush y Barr también reclamaron otra prerrogativa imperial: el derecho a violar el derecho internacional. Como Barr explicó posteriormente en una entrevista de historia oral en 2001 sobre las deliberaciones sobre el uso de la fuerza contra Noriega: «A veces surgían cuestiones sobre si podíamos apoyar golpes de Estado y el grado de violencia involucrado, y aunque estaba dirigido contra Noriega, ¿se trataba de un asesinato? Me consultaron mucho sobre ese tipo de cuestiones, pero básicamente yo era un firme defensor del éxito de la operación». 

*Publicado: 16 de enero de 2026

Libro informativo número 916

Continuará la segunda parte.

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