La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la autorización para el autoconsumo recreativo de cannabis también contempla la elaboración de alimentos preparados para uso personal; con esta resolución, el permiso expedido por la autoridad sanitaria incluye productos como galletas o brownies.
Con siete votos a favor y dos en contra, el Pleno del máximo tribunal aprobó el proyecto de la ministra Lenia Batres; la resolución ordena a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) emitir una autorización expresa a un particular, sin las limitaciones impuestas con anterioridad.
El fallo derivó de un recurso de inconformidad presentado por un ciudadano que señaló restricciones excesivas en su permiso; la Corte concluyó que la preparación de alimentos caseros no modifica la naturaleza jurídica de la sustancia ni justifica un control sanitario especializado sobre el usuario.
La resolución mantuvo las prohibiciones para incorporar cannabis en medicamentos o remedios herbolarios; de igual forma, la normativa conserva la restricción sobre su uso en vapeadores, cigarrillos electrónicos y el consumo en presencia de menores de edad o en espacios públicos.
Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y María Estela Ríos González votaron en contra del dictamen; ambas argumentaron que la ingesta de alimentos con cannabis implica riesgos para la salud pública y puede afectar de manera involuntaria a terceros dentro del entorno familiar.
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