Cada 8 de marzo, cuando se conmemora el Día Internacional de la Mujer, las calles de México se convierten en un espacio de memoria y de protesta. Las pancartas, los cantos y las consignas que recorren la Ciudad de México y otras capitales del país no son un gesto episódico ni una simple manifestación ritual. Expresan, más bien, una inquietud profunda que atraviesa a la sociedad mexicana: la persistencia de la violencia contra las mujeres como una de las fracturas más dolorosas de la vida nacional.
En ese sentido, el 8 de marzo no es sólo una fecha simbólica. Funciona como un espejo crítico de la democracia. Las sociedades revelan su verdadero grado de civilización en la manera en que protegen a quienes históricamente han sido vulnerados. Cuando la violencia de género se vuelve cotidiana, lo que está en juego no es únicamente la seguridad pública; también se pone a prueba la consistencia ética del Estado y la credibilidad de sus instituciones.
En el terreno jurídico, México ha registrado avances relevantes durante las últimas décadas. La promulgación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en 2007, constituyó un punto de inflexión en la manera de comprender el problema. A partir de entonces, la violencia contra las mujeres dejó de ser considerada un asunto privado para convertirse en un tema de interés público y de responsabilidad estatal. Ese cambio conceptual implicó reconocer que la violencia de género forma parte del campo de los derechos humanos y exige respuestas institucionales integrales.
Posteriormente se incorporó la figura del feminicidio en el Código Penal federal y en la mayoría de los códigos estatales. Con ello se buscó reconocer que ciertos asesinatos de mujeres responden a patrones específicos de violencia misógina, dominación y control que no pueden ser comprendidos únicamente dentro de la categoría general de homicidio. Paralelamente, se desarrollaron protocolos de investigación con perspectiva de género que pretendían modificar prácticas institucionales arraigadas en las fiscalías y en el sistema judicial.
Más recientemente, el Estado mexicano decidió elevar el rango institucional al antiguo Instituto Nacional de las Mujeres, que a partir del 1 de enero de 2025 se transformó en la Secretaría de las Mujeres. Este cambio buscó colocar la agenda de igualdad sustantiva en el centro del poder ejecutivo y fortalecer la coordinación de las políticas públicas orientadas a combatir la discriminación y la violencia de género.
Sin embargo, la historia institucional mexicana muestra con frecuencia una distancia considerable entre la norma y la realidad. Las observaciones más recientes del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, órgano de vigilancia de Naciones Unidas, han sido particularmente severas. En su evaluación más reciente, el organismo advierte que la violencia de género en México continúa siendo estructural y está sostenida por tres factores persistentes: la impunidad, las deficiencias en las investigaciones judiciales y los obstáculos institucionales que enfrentan las víctimas para acceder a la justicia.

Bajo estas condiciones, el robusto marco jurídico corre el riesgo de convertirse en una arquitectura normativa admirable en el papel pero frágil en la práctica. El derecho, cuando no se traduce en instituciones eficaces, puede terminar siendo una promesa incumplida. Y las promesas incumplidas en materia de derechos humanos erosionan inevitablemente la confianza social en el Estado.
Las cifras oficiales reflejan con crudeza esa contradicción. De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante 2025 se registraron 721 víctimas de feminicidio en el país. En comparación con los 853 casos reportados en 2024, la cifra representa una reducción cercana al quince por ciento. Sin embargo, incluso esa disminución sigue implicando cerca de dos feminicidios diarios, una realidad que ningún país que aspire a sostener una cultura de derechos humanos puede considerar aceptable.
A esa cifra deben añadirse los homicidios dolosos de mujeres que no son clasificados como feminicidios y el universo inquietante de desapariciones femeninas que permanecen en un limbo estadístico y judicial. Si se agregan estas categorías, los registros oficiales documentaron cerca de 5,991 muertes violentas de mujeres en 2025, lo que equivale a más de dieciséis víctimas diarias.
En este debate conceptual, la antropóloga mexicana Marcela Lagarde y de los Ríos ha desempeñado un papel fundamental en la conceptualización del feminicidio en América Latina. En su obra Claves feministas para la negociación en el amor (2021), así como en sus trabajos anteriores sobre la violencia feminicida, sostiene que estos crímenes no pueden entenderse únicamente como actos individuales de brutalidad. Constituyen, en realidad, la expresión extrema de una violencia estructural en la que el Estado adquiere responsabilidad cuando no logra prevenir, investigar y sancionar eficazmente estos delitos.
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