La Titular del Ejecutivo Federal (TEF) mediante una agresiva campaña mediática en La Mañanera y diarios de circulación nacional estigmatizó a los pensionados en general, sin distinguir las discrecionales o ilegales >con son una mínima parte< que las denominaron “doradas”, de las obtenidas en 30 o 40 años de trabajo y bajo la normativa institucional, como son las Condiciones Generales de Trabajo o Contratos Colectivos; llegando al extremo de que la Titular de la Secretaria Anticorrupción y Buen gobierno, público los nombres y montos de los pensionados y jubilados a escala nacional. En franca violación a los derechos de datos personales.
Uso una estrategia populista para impulsar una reforma al Artículo 127 Constitucional, para fijar un tope a las pensiones y jubilaciones, equivalente al 50% del salario del titular del Ejecutivo Federal, con el propósito de ahorrar recursos en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de abril, para entrar en vigor el día 11 del mismo mes; cuando pudo dar instrucciones a los titulares de las paraestatales o las empresas del estado, para realizar auditorias a las nominas de pensionados y jubilados, para eliminar a las que fueron discrecionales o no cumplieron con los tiempos y posiciones, que marcaban las normas.
La TEF eligió el camino del Poder Legislativo (senado, cámara de diputados y congresos locales) para sacar su reforma constitucional, a manera de oficialía de partes, ya que no “se le movió ni una coma”, sin un diagnóstico, análisis, impactos, sin consultar a sindicatos o a los afectados, con muchos errores de técnica jurídica legislativa y que generaría una crisis constitucional, al ir en contra del Artículos 1, 14 y 123 constitucionales, así como de los Tratados Internacionales, que defienden la protección de los derechos humanos, la progresividad de las leyes, la no retroactividad, los derechos adquiridos, entre otros; que optar por un procedimiento administrativo, rápido y funcional.
LOS AFECTADOS
Entre las instituciones afectadas están: Pemex, CFE, Luz y Fuerza, Banrural, Banxico, Nafin, Bancomext, Banobras y muchísimas más, no sólo a nivel nacional, sino estatal y municipal, haciendo un total de 182 entidades paraestatales, más 9 que están en proceso de desincorporación (según el Diario Oficial de la Federación del 14 de agosto del 2025), asimismo, las organizaciones, los sindicatos y alianzas, están contabilizando a más de 93 mil pensionados y afectados >y sus familias<; que prácticamente les están despojando de su patrimonio, rompiendo sus planes de vida, violentando su salud e imponiéndoles que vivan todos los días en incertidumbre.
El Gobierno Federal esta afectando a un grupo enormemente grande de adultos mayores, que entregaron su vida de servicios >de 30 a 40 años y más<, en los sectores estratégicos y prioritarios del país, como es el energético, el campo y la banca de desarrollo, que han impulsado en desarrollo nacional por más de medio siglo, mejorando la vida de los mexicanos y que han sido reconocidos por los diferentes presidentes de la República; trabajadores que enfrentaron con éxito una gran responsabilidad, por lo que son los profesionistas y técnicos, mejor capacitados, productivos y competitivos.

APLICACIÓN A RAJATABLA DE LÍMITES DE PENSIONES
Muchos de los titulares decidieron no seguir el camino que marcaba el decreto de reforma al Artículo 127 constitucional, en su Quinto Transitorio, donde estipula: «En un plazo no mayor a noventa días naturales contados a partir de su entrada en vigor, el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias deberán revisar y, en su caso, adecuar el marco jurídico aplicable, a fin de hacerlo congruente con lo dispuesto en el presente Decreto»; sino decidieron aplicarlos inmediatamente y bajo su interpretación de la propia reforma; van algunos ejemplos representativos:
1) Banobras. – Determinó que la mitad del sueldo de la TEF era de $65,048.00, que es menos del sueldo Neto >nadie sabe de dónde saco esa cifra, cuando las percepciones de los jubilados son Brutas, es decir, el sueldo más todas las prestaciones; muchos < abogados constitucionalistas, consideran que: “Debería haber tomado el sueldo Bruto de la TEF, que es de $267,329.00, de acuerdo al PEF, es decir, que el límite de las pensiones que debió tomar, es de $133, 000.00 mensuales”.
A pesar de que la reforma entro en vigor el 12 de abril, Banobras decidió hacer la reducción desde el 1 abril, es decir la quincena completa >antes de que existiera legalmente la reforma<, más aún, cuando el 11 y 12 fueron sábado y domingo; pero cual fue la sorpresa, que en el pago del día 14 su quincena fue reducida totalmente, con un pago $32, 524.05.
Los pensionados afectados en Banobras, son más de 450 y ya llevan dos quincenas con esos descuentos arbitrarios, con irregularidades en sus descuentos, es decir, se están aplicando diversos criterios; vale la pena destacar, que no ha habido ninguna comunicación por parte de las autoridades de Banobras.
2) Pemex. – Determino que la mitad del sueldo de la TEF era de $67,500.00, que es el sueldo Neto de la TEF y no el Bruto, que es como les pagan a los jubilados o pensionados, publicaron un escalafón, con cantidades arbitrarias, que no entienden los propios extrabajadores y muchas diferencias en sus recibos; sin ninguna comunicación de las autoridades de Pemex.
Estos ejemplos representativos de lo que está ocurriendo en el universo de afectaciones en las pensiones, tomando como referencia Banobras y Pemex, muestran que no hay criterios comunes en la aplicación de la reforma, no coinciden ni siquiera en lo mínimo, que es el límite o tope a las pensiones; no se aprecian procedimientos o estrategias institucionales y no sostienen comunicación alguna con sus extrabajadores.

UNA LUZ DE ESPERANZA: PROYECTO DE DECRETO DE MC PARA EVITAR LA APLICACIÓN RETROACTIVA
En posición del firmante llegó un proyecto de decreto por el que se reforma el artículo segundo transitorio por el que se reforma y adiciona el Artículo 127 Constitucional, en materia de limites a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de abril del 2026, por las diputadas y diputados del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC).
El proyecto fue firmado por la diputada Ivonne Ortega Pacheco, como coordinadora del grupo parlamentario de MC y enviado a la presidencia de la cámara de Diputados, con fecha 28 de abril, donde exponen que desde la discusión de la reforma en la cámara de Senadores y posteriormente de diputados, se manifestaron en contra de la retroactividad de su aplicación y afirmaron que existen referencias doctrinales y de jurisprudencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, de la Corte Interamericana de derechos Humanos, que han reconocido que el derecho a la pensión puede constituir un bien inmaterial con valor, y que su afectación patrimonial puede implicar violación al derecho patrimonial; criterios que también apoya la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
| Texto Vigente | Texto Propuesto |
| Primero.- ….. Segundo. – A partir de la entrada en vigor del presente Decreto todas las jubilaciones o pensiones que no estén incluidas conforme a la fracción IV del articulo 127 constitucional, y que se hayan otorgado con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, deberán ajustarse al limite establecido en el párrafo segundo de dicha fracción, incluyendo las que se encuentren vigentes | Primero.- ….. Segundo.- A partir de la entrada en vigor del presente Decreto todas las jubilaciones o pensiones que no estén incluidas conforme a la fracción IV del artículo 127 constitucional, deberán ajustarse al límite establecido en el párrafo segundo de dicha fracción |
Veremos en el congreso como evoluciona esta propuesta de MC, que es una luz de esperanza para los pensionados y jubilados.
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