El pasado 19 de junio por mayoría de ocho votos, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó la remoción de cinco integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, incluido su presidente, Ignacio Hurtado Gómez, una consejera más había renunciado un día antes. La causa fue haber nombrado a un encargado de despacho del Órgano Interno de Control, facultad que corresponde al Congreso del Estado. El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla calificó la decisión de «arbitraria, desproporcionada y centralista«. La Sala Superior del TEPJF confirmó por unanimidad la decisión del INE, y el 31 de agosto, el propio INE designó cuatro nuevas consejerías, en medio del arranque del proceso electoral donde se renueva la gubernatura en 2027.
Más allá de quién tenga la razón jurídica sobre el fondo de la remoción, el caso exhibe la paradoja de nuestro federalismo vs centralismo electoral. Cada entidad federativa tiene su propio órgano constitucional autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio facultada para organizar sus elecciones locales, pero quien nombra a sus consejeros, y quien puede quitarlos, es una autoridad nacional desde la CDMX. Así se plasmó desde la reforma electoral de 2014, y mientras no haya los consensos parlamentarios en el Congreso de la Unión, así seguirá.
Antes de esa reforma, eran los Congresos locales quienes bajo los principios de democracia representativa y de libertad de configuración legislativa, designaban a los consejeros electorales. La reforma de 2014 alegaba que buscaba eliminar que las mayorías legislativas, y el gobernador en turno, terminaran repartiéndose bajo un esquema de cuotas partidarias los vacantes de consejeros, y con ello, dotar de verdadera autonomía a los Institutos electorales.
Con la reforma publicada el 10 de febrero de 2014, IFE se convirtió en INE y su Consejo General asumió la facultad de designar y remover a quienes dirigen los “OPLE”. Desde entonces los aspirantes a consejeros presentan examen, ensayo y realizan una entrevista, con reglas iguales en todo el país; mientras que los congresos estatales quedaron fuera de la decisión. Los argumentos a favor continúan con vigencia; una autoridad ajena a las presiones locales debe servir como garante de independencia en sus decisiones.
Pero una reforma que resuelve un problema suele abrir otro. Los OPLE organizan las elecciones locales, registran candidaturas, hacen los cómputos y conocen los conflictos políticos, sociales e inercias de su entidad. Aun así, quienes los encabezan deben el cargo a una instancia nacional que también puede retirárselo. Michoacán lo dejó claro, el árbitro local quedó en manos de decisiones tomadas desde el centro del país en el arranque de su elección más importante.
La autonomía de un órgano no depende solo de quién nombra a sus integrantes, pero sería ingenuo pensar que el método no pesa. Pesan los requisitos, la transparencia, la forma de evaluar los perfiles, las razones para elegir a unos y descartar a otros y, como se vio, la proporcionalidad con que se ejerce la facultad de remover.
Tampoco conviene idealizar lo anterior. Devolver las designaciones a los congresos sin cambiar incentivos ni controles, sería volver, con otra práctica, a los repartos que motivaron la reforma. Lo local no es mejor por ser local, ni lo nacional es garantía de independencia solo por definición.
Lo que está en juego es cómo proteger la autonomía de los órganos electorales sin vaciar la distribución de competencias que establece la Constitución. Federalismo no quiere decir que cada estado actúe por su cuenta, pero tampoco que todo lo importante se resuelva en un mismo escritorio.
A doce años de la reforma, el debate merece algo mejor que la simple disyuntiva entre centralizar o devolver a las decisiones en los Congresos. Hace falta evaluar de manera exhaustiva que es lo que ha funcionado adecuadamente en este modelo hibrido centralizado de carácter nacional, y que partes de la reforma han limitado el principio del federalismo establecido en nuestra Carta Magna, y dejado en segundo plano las necesidades locales que perfeccionarían la vida democrática de cada entidad.
En los próximos días, el INE designará consejeros electorales en 15 entidades federativas, de las cuales en 6 de ellas se elegirán Gobernador. Conservar organismos electorales autónomos en los estados, exige más que mantener sus oficinas, exige que tengan capacidad real para ejercer sus competencias en favor de los ciudadanos de su estado, sin convertirse en una ventanilla más de la autoridad nacional electoral.
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